S E R V I C I O S



Nuestros servicios para la correcta administración de su edificio contemplan las siguientes funciones:
1º) Asesoramiento en:

a) Calefacción y agua caliente
b) Ascensores
c) Canalizaciones de agua, electricidad, gas, telefonía, porteros automáticos:
- Reglamento de Baja Tensión.
- Lectura de Contadores con casa especializada. Adecuación del gasto.
- Reglamento sobre instalaciones de gas en edificios habitados.
- Antenas de Televisión. Radioaficionados. Videos y circuitos cerrados de televisión

d) Prevención de Incendios. 
- Obligaciones de instalación de extintores.
- Obligación de instalación de pararrayos.

e) Pólizas de seguro (Multirriesgo, Incendios, Responsabilidad Civil, Cristales, etc).

f) Animales domésticos:
- Ordenanza Municipal Reguladora sobre tenencia de perros y otros animales domésticos.

2º) Proponer las obras necesarias y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta de propietarios.
Nos comprometemos a facilitar los precios más competitivos de los proveedores para atender los servicios de que dispone la finca.

3º) Confección y presentación de cuentas anuales de gastos independiente, ingresos independiente, relación de recibos pendientes y una distribución de los gastos por piso y una regularización de los saldos.

4º) Elaboración y presentación del presupuesto anual de gastos y su distribución, con la confección de las cuotas asignadas a cada propietario.

5º) Cobros y pagos.
- Cobros.- Se recomienda la domiciliación bancaria para el pago de los recibos de comunidad.
- Pagos.- Atender a todos los pagos a los que se tenga que hacer frente. Los pagos a proveedores y terceros se realizarán en este despacho profesional, previa verificación de los trabajos realizados.

6º) Mecanización mensual de recibos, tanto los de carácter físico como los presentados en soporte informático, con presentación de Entidades Bancarias que repercutan gastos mínimos por la negociación de recibos, ingreso de cheques, etc.
7º) Asistencia personal a las Juntas Generales Ordinarias como Extraordinarias, confección de los textos de las Actas correspondientes, para su posterior distribución a todos los propietarios, y transcripción al Libro de Actas de la Comunidad después de ser aprobadas en Junta General de Propietarios.

8º) Como Secretario corresponde:
- Custodia de la documentación, convocatoria de Juntas, confección de Actas, correspondencia,
notificación de acuerdos.
- En cumplimiento del deber de custodia, no se facilitará a ningún propietario, salvo al Presidente,
originales ni copias de la documentación, excepto fotocopias del Libro Oficial de Actas.

9º) Como encargado de personal conocimientos en:
- Legislación Laboral. Ordenanzas Laborales. Estatuto de los Trabajadores. Convenio de Empleados de Fincas Urbanas. Prevención de Riesgos Laborales.

10º) Conocimientos y, en su caso, gestiones en materia de:
- Convenios Colectivos.
- Confección de nóminas.
- Confección de Seguros Sociales.
- Contratos Laborales en sus distintas modalidades.
- Subvenciones, bonificaciones, deducciones.
- Gestión de I.L.T. y accidentes de trabajo.
- Certificaciones a trabajadores.
- Sanciones, despidos, finiquitos, jubilaciones.

11º) Asesoramiento sobre Ley de Propiedad Horizontal:
- Distribución de gastos.
- Obligaciones y derechos de los propietarios.
- Elementos comunes.
- Acuerdos de Juntas.
- Convocatorias.
- Actas.
- Funciones del Presidente.

12º) Como encargado del tratamiento de los ficheros titularidad de la Comunidad de Propietarios, cumplimiento de la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.

13º) Impuesto sobre Bienes Inmuebles, en caso de ser unitario por la totalidad del inmueble.

14º) Asistencia y asesoramiento:
- Juntas Ordinarias.
- Juntas Extraordinarias.
- Juntas de Gobierno.
- Representación a la Comunidad a efectos de cobro a morosos en los procedimientos que no necesiten intervención jurídica.

15º) Diversas gestiones:
- I.R.P.F. e IVA de la Comunidad.
- Ante diversos Organismos Públicos y Privados.
- Comparecencias Judiciales.

16º) Consultas verbales y escritas de los propietarios sobre cualquier cuestión relacionada con la comunidad.

17º) Gestión de alquileres de elementos comunes, incluyendo las obligaciones de índole fiscal.

18º) Además de los servicios anteriormente descritos, ofrecemos, en un primer nivel, asesoramiento jurídico sobre cualquier tipo de asunto del ámbito inmobiliario, como procedimientos de reclamación de cuotas pendientes de pago, etc ..., y asesoramiento técnico para una rápida y eficaz solución a cualquier incidencia y para dotar a la Comunidad de todos los medios de mantenimiento y conservación precisos.

En un segundo nivel, es decir, para supuestos en que se requiera la intervención especializada de profesionales como Abogados, Aparejadores, Arquitectos, Ingenieros, contamos con colaboradores habituales de este despacho.
OTROS SERVICIOS NO CONTEMPLADOS, QUE POSEEN CARÁCTER ESPORÁDICO, Y QUE SÓLO SE REALIZARÁN BAJO MANDATO EXPRESO DE LA COMUNIDAD O LOS PROPIETARIOS. SERÁN FACTURADOS APARTE:

a) La expedición y certificación de responsabilidad profesional, en documento sellado y firmado, sobre las deudas privativas de la finca en caso de compraventa.

b) La celebración y asistencia a Juntas Extraordinarias (a partir de la 2ª reunión que posea esta condición), incluyendo la preparación exhaustiva del tema que se va a tratar, según acuerdo de la Comunidad con el Administrador.

c) Por cada actuación judicial, en la que se requiera por parte de la Comunidad de Propietarios la presencia del administrador.

d) Documentación, elaboración y registro del inicio de un procedimiento judicial, independientemente de su contenido.

e) Para la desafección y venta de elementos comunes, y la realización de todas las gestiones y documentación, se percibirá la cantidad pactada entre las partes.

f) En caso de ser encargados de realizar las gestiones encaminadas a inscribir en la Agencia de Protección de Datos los ficheros comunitarios:
por la inscripción de los ficheros y por su mantenimiento anual se percibirán las cantidades pactadas por Comunidad y Administración previamente a las gestiones..

g) Los certificados de índole particular, firmados y sellados por el Administrador bajo la responsabilidad de éste, que pudieran solicitar los propietarios por motivos personales, se facturarán en función del volumen del encargo.

h) Cualquier otro servicio, derivado de obligaciones que legalmente se establezcan para la comunidad con posterioridad al comienzo efectivo del ejercicio de nuestras funciones, serán objeto de acuerdo entre este despacho y la comunidad.